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En este apartado se incluirán las frases destacadas que se irán recopilando, en distintos medios de comunicación, con comentarios sobre ellas realizados por el Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica.
LA FRASE "¿Dónde puedo efectuar mi protesta en caso de abuso o mala praxis? (...) O en su defecto en los tribunales de justicia de cada país. También puede usted dirigirse al colegio de médicos o en último caso al colegio de psicólogos de su localidad, aunque debe considerar que la especialidad de hipnosis clínica no suele entrar dentro de sus competencias."
(Recogida en una página web de una escuela de hipnólogos legos)
Comentario: Es increíble hasta qué punto llegan los hipnólogos legos en su manipulación de la información que incluyen en sus páginas web. Es decir, la hipnosis clínica no es competencia de los médicos o psicólogos, pero sí que lo es de los hipnólogos legos... señores, cuando se incluye la palabra "clínica", se está aludiendo a un procedimiento sanitario, algo que sólo es competencia de los profesionales sanitarios. Para aclarar un poco el tema, incluiremos el punto 6 que figura en nuestro apartado de "Profesionales no cualificados" :
Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (24-10-2007)
LA FRASE "La Hipnoterapia se define como ciencia y como arte. Cuando se trabaja bajo un ambiente clínico, como lo es en la práctica de la Hipnosis Médica Complementaria o la Hipnosis Clínica, se conoce como ciencia. Cuando es trabajada para aumentar la calidad de vida de una persona como lo es el desarrollar una habilidad, mejorar la memoria, eliminar síntomas nocivos aunque no mortales, dejar de fumar y otras muchas más, se conoce como arte."
(Recogida en una página web de un centro de hipnosis)
Comentario:
Después de leer esto, los psicólogos
tendremos que replantearnos si queremos que la psicología, que actualmente
está incluida en el área de Ciencias Sociales y Jurídicas, en lugar de pasar
al área de Ciencias de la Salud, algo que se está solicitando desde que
entró en vigor la LOPS y que se están haciendo gestiones para lograrlo, pase
al área de Humanidades que es donde está catalogada la titulación de
Licenciado en Bellas Artes.
La normativa adoptada por la UNESCO, sobre la nomenclatura internacional para los campos de la Ciencia y la Tecnología, consta de los siguientes términos: Campos: Se refieren a los apartados más generales. Están codificados en dos dígitos y comprende varias disciplinas. Disciplinas: Suponen una descripción general de grupos de especialidades en Ciencia y Tecnología. Son apartados codificados con cuatro dígitos. A pesar de ser distintas entre si las disciplinas con referencias cruzadas, o dentro de un mismo campo, se considera que tienen características comunes. Subdisciplinas: Son las entradas más específicas de la nomenclatura y representan las actividades que se realizan dentro de una disciplina. Están codificadas con seis dígitos. A su vez, deben corresponderse con las especialidades individuales en Ciencia y Tecnología. Pues bien, la hipnosis aparece con la nomenclatura 611002, lo que significa: Campo: 61 Psicología Disciplina: 6110 Parapsicología Subdisciplina: 611002 Hipnosis Es decir, la hipnosis está catalogada como subdisciplina de la Parapsicología (cuyo estudio científico se realiza en algunas universidades) que, a su vez, es una disciplina que pertenece al campo de la Psicología. Es posible que, en un futuro, esta codificación sea utilizada para delimitar a qué campo pertenece la hipnosis, por lo que también quedaría todavía más claro lo comentado en la primera frase sobre quién puede aplicar la hipnosis clínica. Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (09-12-2007)
LA FRASE "La Sociedad (nombre de una sociedad de hipnólogos legos) considera igualmente intruso a todo aquel licenciado en cualesquiera que fuese su orientación (psicólogos y psiquiatras incluídos "específicamente") que ejerce con/mediante/en/a través de la hipnosis clínica sin la posesión de acreditación específica en hipnosis clínica, esto es, amparándose únicamente en su licenciatura."
(Recogida en el foro de una sociedad de hipnólogos legos, en un comunicado escrito por ellos)
Comentario: Aunque esta frase por sí sola no necesita comentario, añadiremos que nos asombra el total desconocimiento de la legalidad vigente que tienen estos señores que ejercen una supuesta profesión no regulada, que todavía no existe oficialmente y no se sabe si algún día llegará a regularse, para permitirse acusar de intrusismo a profesionales que ejercen una profesión regulada y que están perfectamente cualificados para utilizar la técnica de la hipnosis como adjunto en los tratamientos para los que están habilitados. Los médicos y psicólogos no necesitan ninguna acreditación para poder utilizar la hipnosis como coadyuvante en sus tratamientos, evidentemente, como el resto de las técnicas que utilizan, siguiendo una buena ética profesional que la mayoría de los profesionales tienen en cuenta (algo que, en nuestra opinión, es muy discutible en pseudoprofesionales de pseudoprofesiones no reguladas, precisamente por no estar reguladas), la aplicarán si saben utilizarla y consideran que puede servir de ayuda para el tratamiento que estén realizando. En cambio los hipnólogos legos sí que pueden caer en el intrusismo profesional si diagnostican o realizan tratamientos que pertenecen al campo de la medicina o de la psicología. Es decir, nadie puede acusar legalmente a un médico o psicólogo de intrusismo por realizar los tratamientos para los que está autorizado oficialmente, utilizando las técnicas que considere oportunas, para las que, como parte de su ética profesional, sepa que está preparado para aplicar. Por lo visto, a estos señores se les olvida que las leyes no las dicta su sociedad, sino que ya están en vigor y la figura legal del "intrusismo" ya está delimitada en esas leyes, sin importar mucho lo que ellos consideren que es intrusismo. Concretamente, en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en su Título XVIII (De las falsedades), Capítulo V (De la usurpación de funciones públicas y del intrusismo), artículo 403, puede leerse lo siguiente: "El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses. Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años." Esto sí es lo que los jueces pueden tener en cuenta en sus decisiones, no lo que esa sociedad entienda por intrusismo. Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (26-12-2007)
LA FRASE "Psicólogos (sub-grupo 776), profesionales sanitarios (sub-grupo 83) y profesionales de la hipnosis (sub-grupo 84) están enmarcados en agrupaciones, sub-grupos y epígrafes diferentes sin ningún tipo de intrusión entre ellos."
(Recogida en el foro de una sociedad de hipnólogos legos, en un comunicado escrito por ellos)
Comentario: En nuestra opinión, esta frase indica un total desconocimiento del tema sobre el que se está hablando, no sabemos si intencionadamente, para tergiversar la información y tranquilizar a sus afiliados, o se trata simplemente de un error propio de alguien que no sabe interpretar las leyes ni los conceptos que en ellas se indican. En esta página web, en otros apartados, se recoge el tema del intrusismo profesional con bastante amplitud y detalle como para que cualquiera, que tenga interés en ello y quiera dedicarle algo de su tiempo a informarse, pueda conocer con bastante detalle de qué estamos hablando. Para no cansar al lector con repeticiones innecesarias, sólo vamos a poner un ejemplo que aclarará la confusión que se da en la frase citada: Según el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, los abogados (Agrupación 73, Profesionales del Derecho, Grupo 731: Abogados) y los médicos (Agrupación 83, Profesionales de la Sanidad, Grupo 831: Médicos de medicina general, o Grupo 832: Médicos especialistas-excluidos estomatólogos y odontólogos) “están enmarcados en agrupaciones, sub-grupos y epígrafes diferentes sin ningún tipo de intrusión entre ellos”. Supongamos que un abogado decide hacer una operación de vesícula a un cliente suyo porque ha leído mucho sobre el tema y considera que lo domina… ¿estará practicando intrusismo profesional?... según la lógica aplicada en la citada frase no estaría practicando intrusismo profesional, puesto que basta con pertenecer a distintos epígrafes fiscales para poder hacer lo que a uno le parezca, aunque el trabajo que se realice (en este caso sería la operación de vesícula) esté reservado a una profesión que precisa de una titulación oficial (licenciado en medicina), distinta de la que se posee (licenciado en derecho), para poder ejercerse. El hecho de pertenecer a epígrafes distintos, a efectos fiscales, no implica que no haya intrusismo profesional, sólo indica que las actividades profesionales realizadas pertenecen a diferentes grupos según la clasificación existente, pero si quien está clasificado en un epígrafe determinado, en el que no se precisa ninguna titulación oficial para ejercer, "ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses” (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en su Título XVIII (De las falsedades), Capítulo V (De la usurpación de funciones públicas y del intrusismo), artículo 403). Últimamente se están leyendo bastantes noticias relacionadas con el intrusismo profesional, por ejemplo la siguiente: Juzgan a un urólogo por tener como enfermera a una hermana que carecía de título.
El urólogo F. A., de 68 años, (…), será juzgado hoy
en San Sebastián por un supuesto delito de intrusismo profesional al haber
contratado a su hermana como enfermera, pese a que ésta carecía de título y, en
consecuencia, no se hallaba inscrita en el Colegio Oficial de Enfermería. Fuente: El Correo Digital Fecha: 05-03-2008
Ver noticia Otro detalle a tener en cuenta, en esta noticia, es que el urólogo (médico debidamente titulado y cualificado para el ejercicio de su profesión) también es acusado por contratarla para desempeñar unas funciones para las que no tenía la titulación necesaria. Esto debería alertar a todos aquellos médicos y psicólogos que colaboran con, o contratan a, hipnólogos legos, y demás pseudoprofesionales, no porque nosotros lo digamos sino por la lectura de esta y otras noticias sobre el tema, que están apareciendo constantemente en los medios de comunicación, y que van en la línea de lo que el Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica viene denunciando públicamente desde su creación. Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (05-03-2008)
LA FRASE "Mientras la enseñanza de las llamadas medicinas alternativas o complementarias no esté bien estructurada y sus estudios reconocidos nuestro consejo es que estudie usted Medicina a la vez que se forma en las demás maneras de entender la salud y la enfermedad." (Párrafo incluido en la revista Discovery DSalud, nº 104 - pág. 11, en la respuesta a un lector que dudaba entre estudiar Medicina o formarse en Naturopatía, Homeopatía, Medicina Tradicional China, Flores de Bach, etc.) A continuación copiamos la respuesta completa, puesto que hay algunos puntos más que nos gustaría comentar: "Mientras la enseñanza de las llamadas medicinas alternativas o complementarias no esté bien estructurada y sus estudios reconocidos nuestro consejo es que estudie usted Medicina a la vez que se forma en las demás maneras de entender la salud y la enfermedad. El único problema es que pondrá usted muy nerviosos a sus profesores porque no tendrán respuestas a muchas de sus preguntas. Pero eso a nosotros más que un reto nos parece un estupendo aliciente. Los profesores universitarios no están acostumbrados —al menos en las facultades de Medicina— a que los alumnos cuestionen sus "verdades". En suma, aprenderá usted... y de paso probablemente les enseñe a ellos. ¿No le seduce la idea?"
Comentario:
Ya hace mucho tiempo que se viene alertando a la gente sobre los charlatanes (como puede verse en el cartel de la Guerra Civil de Luís Bagaría) pero, aún así, siguen obteniendo pingües beneficios a costa del futuro y la salud de las personas que se fían de ellos. Por eso, esta frase, es como un soplo de aire fresco, desde una revista que está a favor de las terapias alternativas, se aconseja, con muy buen criterio, al joven que dudaba entre estudiar la licenciatura de Medicina o embarcarse en estudios no reconocidos relacionados con la Naturopatía y otras terapias alternativas, que estudie Medicina, aunque al mismo tiempo se prepare en "otras maneras de entender la salud y la enfermedad". ¡¡¡Enhorabuena a Discovery DSalud!!! Sólo una puntualización, sobre la generalización realizada en relación con los profesores universitarios, aquellos que están en la vanguardia de la investigación también cuestionan las verdades académicas y por ello, en ciertos casos, tienen serios problemas, pero merece la pena por mor de la ciencia auténtica... La que busca la verdad con investigación y pruebas, no dogmas. Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (31-03-2008)
LA FRASE "Somos conscientes que tan reducido grupo no representa ni en sus afirmaciones ni sus hechos al colectivo global de psicólogos, en general honesto, íntegro y profesional, sin embargo, en su propaganda manipulatoria consiguen implicar a centros públicos, alojando su página web propagandística dentro de portales como el de la Universidad de Valencia, e insinuando con sus logotipos que cuentan con el beneplácito de los presidentes de los colegios profesionales, que consienten y defienden su actitud."
(Recogida en el foro de una sociedad de hipnólogos legos, en un comunicado escrito por ellos, refiriéndose al Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica)
Comentario: En relación con el párrafo que comentamos, se nos acusa de “implicar a centros públicos, alojando su página web propagandística dentro de portales como el de la Universidad de Valencia, e insinuando con sus logotipos que cuentan con el beneplácito de los presidentes de los colegios profesionales, que consienten y defienden su actitud”. Es evidente que quien ha escrito esto no sabe de lo que está hablando, como se puede verificar en los enlaces citados más abajo, tanto en relación a la finalidad de este Grupo de Trabajo como su conexión con la Universidad de Valencia y el Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana. Esta página web está alojada en la Universidad de Valencia, con su consentimiento, debido a las dificultades técnicas que supone hacerlo en la página web del Colegio Oficial de Psicólogos. El Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica pertenece al Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana, como puede comprobarse en el link http://www.cop-cv.org/?seccion=estructura&area=4&provincia=valencia, donde se cita expresamente, indicando los nombres del coordinador y secretario, así como los objetivos del Grupo, por otra parte se puede consultar un certificado del Colegio Oficial de Psicólogos de la Comunidad Valenciana que acredita lo siguiente: "El Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica de este Colegio ha creado y gestiona, con nuestro conocimiento y aprobación, una página Web alojada en la Universidad de Valencia, con la dirección: http://www.uv.es/GRUPOHIPNOSISCOP" Cuando se escribe sobre temas que se desconocen, especialmente si se tiene cierta tendencia a tergiversar lo que se ha leído sobre esos temas, debido, queremos pensar para no atribuir malas intenciones indebidamente, a una deficiente comprensión de lo leído, tal vez por insuficiente formación (en el párrafo citado se han corregido múltiples errores tipográficos y ortográficos, aún así contiene algunos defectos de redacción que no hemos corregido para respetar, en lo posible, el texto original), suelen cometerse errores y llegar a falsas conclusiones, que no se corresponden con los datos obtenidos, como lo ocurrido en ese párrafo. En el post donde se incluyen estas aseveraciones, por otra parte, se achacan al Grupo de Hipnosis Psicológica ciertas afirmaciones que han extraído del apartado "opiniones" de nuestra página web, donde puede comprobarse que no están firmadas por el grupo sino que corresponden a una opinión que hemos recibido y publicado, por lo que están acusando al grupo de lo que ha escrito alguien, a título personal, utilizando su libertad de expresión. Esperamos haber aclarado las posibles dudas que puedan haber surgido a quienes hayan leído las infundadas acusaciones que se nos hacen y, como venimos haciendo hasta ahora, de acuerdo con los objetivos del grupo, seguiremos informando sobre la hipnosis y sus aplicaciones basadas en los resultados avalados por la investigación empírica realizada en los estudios científicos más recientes, aunque eso resulte molesto para quienes pretenden obviar estas investigaciones y utilizar la hipnosis como pretexto para realizar tratamientos que competen a profesiones debidamente reguladas que precisan de titulación oficial para poder ejercerse. La información veraz y constatable no suele ser bien recibida por los embaucadores puesto que una persona bien informada es más difícil de manipular. Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (20-05-2008)
LA FRASE "UNED: Acreditación de especialista universitario en hipnosis. (Antes de exclusivo acceso con licenciatura sanitaria, psicología o estudiante de últimos cursos, actualmente puede accederse sin necesidad de estos requisitos mediante solicitud al rector)"
(Recogida en el foro de una sociedad de hipnólogos legos, en un comunicado escrito por ellos, refiriéndose a la "preparación académica para ser hipnoterapeuta")
Comentario: En nuestra opinión, estos señores continúan, como ya viene siendo habitual en su foro, escribiendo comunicados donde se tergiversa la información que, por otra parte, es fácilmente comprobable. En esta ocasión, contestan la pregunta de una supuesta estudiante de psicología que solicita orientación "sobre los cursos o posgrados en hipnoterapia", a lo que ellos, muy solícitos, responden realizando una comparación de los diferentes estudios que pueden cursarse elogiando, evidentemente y como era de esperar, sus cursos, algo que admiten en dicho post: "Como es natural, nos dejamos llevar un poco por el propio orgullo en esta última exposición, reconociendo una discreta falta de imparcialidad en la exposición de nuestras virtudes y discreción comedida en la exposición de defectos (cosa por otra parte lógica)". Efectivamente, "es natural" dejarse llevar y tener "una discreta falta de imparcialidad" en la exposición de sus cursos… lo que no es correcto es ofrecer información errónea de otros cursos, con un sesgo convenientemente enfocado en su propio beneficio. Esto último puede parecer una acusación fuerte, por nuestra parte, pero vamos a demostrarlo, con datos y enlaces, para dejar en evidencia que, cuando se manipula la información, puedes encontrarte con que alguien, en este caso nosotros, compruebe los datos aportados y verifique que faltas a la verdad (como les gusta decir a nuestros políticos cuando alguien miente). Lo que no haremos será acusarles de que esa manipulación ha sido intencionada… más bien creemos, como ya hemos dicho en otras ocasiones, que realizan interpretaciones erróneas de lo que leen, tal vez porque no se informan lo suficiente o porque sólo leen lo que les interesa leer y no lo que realmente está escrito. En su comunicado, cuando escriben sobre el curso de Especialista Universitario en Hipnosis Clínica de la UNED, comienzan con el siguiente párrafo: "UNED: Acreditación de especialista universitario en hipnosis. (Antes de exclusivo acceso con licenciatura sanitaria, psicología o estudiante de últimos cursos, actualmente puede accederse sin necesidad de estos requisitos mediante solicitud al rector)." En el Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica, conocemos muy bien el curso de la UNED, por lo que nos extrañó mucho dicha afirmación, consultamos la información que se incluye en la página web del citado curso y de la Fundación UNED y comprobamos lo siguiente: En el link: http://www.fundacion.uned.es/cursos/psicologia/especialista/hipnosis-clinica/index.html Destinatarios El curso está dirigido a licenciados en Psicología o Medicina, u otra licenciatura universitaria dentro del ámbito de las ciencias de la salud. Para poder cursar el programa se habrá de superar previamente el proceso de selección, realizado por la dirección del programa. Este proceso se basará en el currículum académico y profesional en relación con la psicología clínica y disciplinas afines. En consecuencia sólo pueden matricularse en el curso las personas que han sido admitidas previamente para cursarlo, según se indica más adelante. Por otra parte, según indican en los requisitos generales para el acceso a los cursos de especialista universitario en este otro enlace: http://www.fundacion.uned.es/normas-matriculacion/titulacion-acceso/especialista.htm Titulación de acceso necesaria para un curso de Especialista Universitario La titulación de acceso exigida para los cursos de Especialista Universitario es de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto. Cuando el alumno no posea la titulación de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, podrá solicitar autorización excepcional al Excmo. Sr. Vicerrector de Profesorado y Formación Continua, siempre que el solicitante sea Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente y tenga, además, certificado de formación universitaria de postgrado (curso de Experto, Especialista o Máster Universitario). Estas personas deberán incluir en el Sobre de Matrícula, una carta solicitando la autorización del Vicerrectorado de Profesorado y Formación Continua de la UNED, un curriculum vitae, la fotocopia COMPULSADA de la titulación con la que acceden al curso o del certificado oficial donde consta que se han cursado los tres primeros cursos de la carrera y un fotocopia simple de aquellos cursos de postgrado que haya superado. La matrícula no será considerada en firme, hasta la resolución de autorización por parte del Vicerrectorado de Profesorado y Formación Continua. Los alumnos que únicamente tengan pendiente para terminar sus estudios oficiales de Segundo Ciclo, en su caso, el proyecto fin de carrera o el examen de grado, podrán matricularse, pero la obtención del correspondiente Título Propio, quedará subordinada a que la finalización de sus estudios de Segundo Ciclo sea anterior a la del Máster. En ningún caso se autorizará la matrícula, para cursos de Especialista a los alumnos que no presenten el Titulo Oficial de Diplomado. Las personas con titulaciones extranjeras o de universidades españolas no oficiales, requerirán, en todo caso, la autorización del Excmo. Sr. Vicerrector de Profesorado y Formación Continua para su matriculación, independientemente del nivel del curso. Dicha autorización deberá solicitarse previamente a la matrícula. Para ello, deben enviar a la Fundación General de la UNED, una carta de solicitud de admisión al curso, un breve curriculum vitae y la fotocopia COMPULSADA de la titulación con la que acceden al mismo. Una vez autorizado por el Vicerrectorado, podrán proceder a la formalizar la matrícula. Después de leer estos dos enlaces, llegamos a la conclusión de que, probablemente, sólo habían leído el segundo enlace (requisitos generales para el acceso a los cursos de Especialista Universitario), malinterpretando su contenido, y no se habían fijado en el primer enlace (requisitos necesarios para el acceso al curso de Especialista Universitario en Hipnosis Clínica). No obstante, como no nos gusta sacar conclusiones precipitadas (esa es una característica propia de la ciencia y de las investigaciones científicas), decidimos comprobar que esos requisitos más restrictivos del acceso al curso de Especialista Universitario en Hipnosis Clínica, que difieren de los requisitos generales del acceso a cursos de Especialista Universitario, eran correctos y que no se admitían alumnos que no cumpliesen con ellos como se indicaba en el foro ("actualmente puede accederse sin necesidad de estos requisitos mediante solicitud al rector")... para ello escribimos un correo electrónico al director del citado curso, el Dr. D. Miguel A. Vallejo Pareja, y copiamos a continuación lo que nos contestó en relación con el tema: "El curso Especialista Universitario en Hipnosis Clínica sólo puede ser seguido por licenciados en psicología o medicina. Es cierto que las normas generales de la universidad permiten que los cursos de Especialista Universitario sean cursados desde cualquier disciplina, incluso sin el título de licenciado. Esta normativa general deja de ser efectiva cuando el curso en cuestión establece unos requisitos propios. En nuestro curso esos requisitos son estar licenciado en psicología o medicina y superar el proceso de selección. El Rector no exime de los requisitos específicos, más restrictivos, que cada curso establece en su convocatoria. La próxima convocatoria, para que no exista la mínima duda, establece que sólo licenciados en psicología y medicina pueden realizar el curso. Aún no aparecen en el Vicerrectorado correspondiente ni en la Fundación UNED las normas del presente año, pero nosotros sí las tenemos publicadas en www.uned.es/hipnosis-clinica (Nota del Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica: ver díptico en pdf) En consecuencia, antes de ser autorizado a matricularse el candidato debe preinscribirse y acreditar la licenciatura en psicología y medicina y ser considerado como apto según su curriculum académico y profesional en relación con la psicología clínica y disciplinas afines. En consecuencia sólo pueden matricularse en el curso las personas que han sido admitidas previamente para cursarlo. La información en negro proviene directamente de la Web del Vicerrectorado.
Podéis, y agradezco que lo hagáis, facilitar esta
información para evitar que haya personas que crean que pueden hacer el
curso, sin tener las condiciones para ello." Prof. Dr. D. Miguel A. Vallejo Pareja
Facultad de Psicología. UNED. Nadie puede impedir que se admitan como verdaderas las afirmaciones que cualquiera realice, puesto que eso depende de quien las acepta como tales, pero todo el mundo puede informarse para, de acuerdo con los datos obtenidos de diversas fuentes, poder atisbar dónde tiene más probabilidades de encontrar información veraz y contrastada, a no ser que se prefiera "comulgar con ruedas de molino" dando por bueno todo lo que nos cuente cualquier "iluminado" que, probablemente, estará más pendiente de nuestro bolsillo que de nuestra salud. Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (08-07-2008)
LA FRASE "Nosotros según dice el Estado español a través de sus normas y regulaciones profesionales (léase IAE), somos profesionales sanitarios, más concretamente "parasanitarios", mientras que D. Luis Aparicio y cohorte de palmeros NO, lisa y llanamente NO SON SANITARIOS."
(Recogida en el foro de una sociedad de hipnólogos legos, en un post escrito por uno de sus moderadores)
Comentario: Ahora que hemos vuelto de
Sevilla, donde hemos estado actuado como "palmeros"
Como los "palmeros" no tenemos mucha formación en relación con las
definiciones terminológicas
sanitario, ria. (Del lat. sanĭtas, -ātis, sanidad). 1. adj. Perteneciente o relativo a la sanidad. Medidas sanitarias. 2. adj. Perteneciente o relativo a las instalaciones higiénicas de una casa, de un edificio, etc. 3. adj. Mar. Perteneciente o relativo a las instalaciones de agua de mar empleada para limpieza y usos higiénicos. 4. m. y f. Individuo del cuerpo de Sanidad militar. 5. m. y f. Persona que trabaja en la Sanidad civil. 6. m. Dispositivo o pila de higiene instalado en un cuarto de baño; p. ej., la bañera, el bidé, etc. U. t. c. adj. Aparatos sanitarios. 7. m. Col., El Salv., Hond., Méx., Ur. y Ven. Retrete de uso público. parasanitario. Aviso: La palabra parasanitario no está en el Diccionario.
¡Vaya!, ¡qué contrariedad!… ahora ¿qué hacemos?
¡Qué no cunda el pánico!, vamos a buscar el prefijo "para": para-. (Del gr. παρα-). 1. pref. Significa 'junto a', 'al margen de', 'contra'. Paracronismo, paráfrasis, paradoja. ¡Ahora sí!, ahora podemos comprender ambos términos: Como suponemos que al decir que son sanitarios se refieren a la primera acepción de “sanitario” ("perteneciente o relativo a la sanidad") y no a otras de las acepciones que indica el diccionario, veamos como queda cuando le colocamos el prefijo "para-" del que, la acepción más cercana a sus afirmaciones es "junto a": Para ("junto a") sanitario ("perteneciente o relativo a la sanidad"). Es decir, “parasanitario” significa que está junto a algo relacionado con la sanidad… no vemos que sean sinónimos.
A lo mejor el lenguaje no refleja la realidad,
vamos a probar con la lógica, veamos si hay más suerte
Parasanitario = sanitario Entonces también tendrían que cumplirse las siguientes igualdades, puesto que utilizan el mismo prefijo: Paramedicina = medicina Parapsicología = psicología Paranormal = normal Esta opción, la utilización de la lógica, o mejor dicho del sentido común, todavía nos resulta más absurda que la primera. Después de sopesar ambas opciones, todavía perplejos, se nos ocurre otra posibilidad, tal vez la legislación esté de su parte y no nos hayamos enterado, así que decidimos consultar la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias y nos encontramos con lo siguiente: LEY 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. B.O.E. núm. 280 de 22 de noviembre de 2003 Artículo 2. Profesiones sanitarias tituladas.
Artículo 3. Profesionales del área sanitaria de formación profesional.
Después de leer atentamente, tampoco encontramos nada que justifique que quien trabaja en actividades “parasanitarias” es profesional sanitario.
Así que llegamos a la conclusión de que se
tratará de un error de apreciación por parte de su autor que, una vez lea
esto, supongo que le habrá quedado claro. Es un placer para el Grupo de
Trabajo de Hipnosis Psicológica, entre fiesta y fiesta haciendo de
“palmeros”
Una aclaración más, para dejar bien patente lo erróneo de la frase que nos ocupa, sí que hay psicólogos que son profesionales sanitarios, son los psicólogos especialistas en psicología clínica, y algunos de los componentes de este grupo lo son. Grupo de Trabajo de Hipnosis Psicológica (26-07-2008)
Información actualizada a 26-07-2008 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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